Virgen de las Viñas Tomelloso
Cuadernos Manchegos
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El avance de la COVID-19 durante los últimos meses ha puesto en jaque a la sociedad por completo. Pese a la creación de los ERE y ERTES para paliar la crisis en los puestos de trabajo, se espera una ola de despidos masiva para los próximos meses.  

“De cumplirse las previsiones que hablan de despidos masivos una vez finalizados los ERTE, estaremos ante una situación sumamente complicada tanto para las empresas como para los trabajadores”, informa Yannick Charton, socio fundador de Valio Consulting. Y añade: “esto traerá movimiento en el ámbito judicial, donde se esperan que al menos el 50% de los casos de despidos, con o sin causa, terminen en una conciliación laboral casi obligatoria”.  

El acto de conciliación laboral es un procedimiento habitual para que una empresa y su trabajador lleguen a un acuerdo antes de iniciar un proceso judicial, frente a un despido. Generalmente ocurre cuando el trabajador no está conforme con las condiciones de su despido o cuando la empresa le debe alguna cantidad de dinero adicional.
 
Plazos de presentación judicial y tipos de acuerdos conciliares

Cuando una empresa decide prescindir de un empleado, puede que este no se encuentre conforme con los motivos alegados o con el dinero que le ofrecen en el finiquito.

“Ante esta situación puede producirse un desacuerdo por finiquito, sobre todo cuando la empresa alega un despido improcedente; o disconformidad con el salario abonado”, aclara Yannick Charton. “De cualquier manera, el acto siempre aparece cuando no existe un acuerdo previo entre las partes y se produce un despido”, agrega.

De esta forma, la conciliación, que se trata de un documento aprobado judicialmente, le sirve al trabajador para reclamar legalmente su cumplimiento si no se llevan a cabo cualquiera de esas nuevas condiciones pactadas.

Las causas pueden ser variadas, pero por lo general los acuerdos se piden para solicitar un derecho concreto de condiciones laborales, para reclamar una cantidad de dinero adeudada y para acordar plazos de pago.

"Existen casos especiales por el contexto generado por la COVID-19, donde los trabajadores han tenido que pedir reducción de jornada o adaptación de sus horarios para poder hacerse cargo también de su familia, que ahora se encuentra la mayor parte del tiempo en casa”, explica Yannick Charton, “Esto ha traído mucha confusión dentro de las empresas, y los trabajadores han tenido que recurrir a la conciliación obligatoria – por vía virtual- para lograr ponerse de acuerdo frente a las nuevas medidas", finaliza.

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