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Cuadernos Manchegos
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El PRUG recoge una serie de objetivos, criterios y actuaciones, normativa de protección, regulación de aprovechamientos y actividades, planes y programas sectoriales, cuyo último fin es la actualización de principios vehiculares de gestión y conservación, el disfrute de la naturaleza y el desarrollo económico de las poblaciones que comprende un espacio natural protegido. Es por lo que el tratamiento del uso público ocupa un lugar preeminente en su arquitectura. Una vez aprobado, tendrá una vigencia de diez años.

La asociación ecologista reconoce los pasos dados por las autoridades competentes en favor de una mayor participación de la ciudadanía en el diseño de instrumentos de planificación y gestión de un espacio protegido con diversas figuras (parque natural, Reserva de la Biosfera de la Mancha Húmeda, Red Natura, Sitio Ramsar) y de gran importancia para la economía local. Se aprecia la voluntad de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, y de la dirección del parque, por promover o reforzar medidas que contrarresten la gran presión humana, como la afluencia de visitantes, o la extracción hídrica que pudiera comprometer las reservas subterráneas y superficiales. Otro tanto hay que apuntar sobre la expresa prohibición de proyectos incompatibles con la ordenación sostenible y la conservación, como los nuevos regadíos, la minería, la fractura hidráulica, las granjas intensivas, la producción maderera, los aprovechamientos energéticos, o los nuevos usos urbanísticos (estos últimos ya no permitidos en el PRUG de 1995)

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Sin embargo, el borrador no ofrece la debida contundencia contra situaciones delictivas, anacrónicas, y por ello inconcebibles, que arrastra el parque desde hace décadas. Pero que reclaman una urgente y decidida acción institucional, si lo que se persigue es el imperio de la ley y la actualización al siglo XXI de unos criterios, cuanto menos aceptables, de gobernanza de un parque natural que atesora un conjunto de valores (ambientales, hidrogeológicos, limnológicos, botánicos, faunísticos, paisajísticos, etnográficos y culturales) inencontrables en Europa Occidental.

Es lo que ocurre con la “amnistía encubierta” otorgada a chalets, chiringuitos, embarcaderos, cámpings, y resto de instalaciones que, al albur del desordenado crecimiento urbanístico del pasado - alentado por los ayuntamientos y tolerado por el Gobierno regional - han invadido rincones del parque, hasta ocupar, con absoluta negligencia e impunidad, el dominio público hidráulico. Como sino explicar “su integración paisajística y ambiental” o la adecuación de un sistema de saneamiento y depuración de las aguas residuales de las urbanizaciones que el borrador proclama. Una legalización de facto, que sanciona favorablemente la comisión de presuntos delitos urbanísticos, contra los recursos naturales y el medio ambiente.

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Otro tanto pasa con el mantenimiento de un modelo turístico voraz y desfasado, a nuestro entender pobremente retocado en el borrador. Si bien plantea la diversificación estacional y de actividades (algunas enfocadas al turismo de naturaleza), persiste en el baño y en los deportes naúticos, que caricaturizan la percepción social de las lagunas desde hace más de cuarenta años. Tampoco se desprende una decidida regulación del tráfico motorizado, sobre todo de vehículos altamente impactantes, como 4x4, quads, buggies y motocrós. En las alegaciones presentadas, Ecologistas en Acción-Ciudad Real pide el establecimiento de un protocolo claro que fije la capacidad de ocupación del parque.

Uno de los problemas que pasa por encima el documento oficial, pero bien conocido por ciclistas, senderistas y lugareños, es el corte y ocupación de caminos públicos a su paso por fincas privadas. De poco vale que el PRUG contemple su catalogación, si no se afronta previamente la rehabilitación física y legal, precisamente para el uso público, de los muchos caminos apropiados ilícitamente por dueños o arrendatarios de terrenos cinegéticos.

Ecologistas en Acción-Ciudad Real cree que el texto aprobado debería sentar las bases para dotar al parque de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) que haga un replanteamiento ambicioso que contemple los espacios interrelacionados con las lagunas (vegetación palustre, sotos fluviales, matorral mediterráneo, encinares y sabinares), la recuperación integral del paisaje (como la restauración del dominio público hidráulico), así como el retorno de la dinámica hídrica natural, incluyendo el Guadiana, hasta su conexión con el Záncara.

Es el momento propicio para acometer un gran plan que devuelva al Parque Natural de las Lagunas de Ruidera sus características más genuinas y quizá su esplendor. Lo que implica la desaparición definitiva de aquellas actuaciones, directamente relacionadas con construcciones y servicios de hostelería, esparcimiento y segundas residencias, que han impedido la circulación de las aguas y dañado gravemente espectaculares estructuras kársticas, como los travertinos o barreras tobáceas.

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