Virgen de las Viñas Tomelloso
Cuadernos Manchegos
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La Mesa de la Profesión Enfermera, integrada por el Consejo General de Enfermería (CGE) y el Sindicato de Enfermería, SATSE, ha trasladado a la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, todos los argumentos que a nivel jurídico, administrativo y sanitario demuestran que la realización de pruebas de detección del COVID-19 en las oficinas privadas de farmacias españolas propiciaría la aparición y propagación de nuevos posibles focos de contagio de esta grave enfermedad entre la ciudadanía.

En una carta dirigida a la máxima responsable de la Comisión Europea, tras conocer la recomendación de impulsar la realización de test rápidos como alternativa, en ciertos casos, a las pruebas PCR, la Mesa de la Profesión Enfermera le reitera su gran preocupación ante la posibilidad de que se autorice esta práctica asistencial en establecimientos comerciales, como son las oficinas privadas de farmacia, como quiere el Gobierno de la Comunidad de Madrid, fundamentalmente.

Según la Mesa, no tiene ningún sentido que desde la Comunidad de Madrid se haya pedido también a la UE que se impulse la realización de este tipo de pruebas diagnósticas en las oficinas privadas de farmacia cuando la incidencia de la pandemia en la autonomía, según valoraciones y datos oficiales, incluidos los del Ministerio de Sanidad, ha mejorado en los últimos días, sin necesidad de realizar estos test en las oficinas de farmacia.

Sin querer entrar en cuestiones políticas, a la Mesa de la Profesión Enfermera le llama la atención que la actual comisaria de Salud de la UE, Stella Kyriakides, forme parte del Partido Popular Europeo, como la presidenta madrileña. También apunta que da la impresión que, desde el punto de vista político, la balanza se pudiera estar inclinando a favor de la regidora de Madrid asesorada por su jefe de gabinete, Miguel ´Angel Rodríguez, y no hacia el Gobierno de Pedro Sánchez, y su jefe de Gabinete, Iván Redondo.

En la carta, la Mesa recuerda a Ursula von der Leyen que en España existe una red 100% pública para la asistencia sanitaria en el ámbito de la Atención Primaria que es la que lleva a cabo de forma habitual todas las actuaciones en materia de prevención, seguimiento de pacientes crónicos, asistencia domiciliaria o cobertura vacunal en todas las etapas de la vida, entre otras, mientras que el régimen de las oficinas en farmacia no está regulado como en la gran mayoría de los países europeos.

En este sentido, explica que, según nuestra regulación estatal, una farmacia está considerada como un “establecimiento sanitario privado de interés público” , y apunta que, en ningún caso, puede llevar a cabo labores asistenciales/clínicas con los pacientes o ciudadanos en general.

Al respecto, la Mesa subraya que los farmacéuticos ni tienen en España competencia legal ni cuentan con formación que les habilite para realizar las técnicas de recogida de muestras de las pruebas de detección de COVID-19. Con carácter general, las funciones de la farmacia se limitan primordialmente a la producción, conservación y dispensación de medicamentos, no pudiendo realizar ningún tipo de intervención sobre pacientes ni mucho menos pruebas diagnósticas sobre los mismos.

 

 

 

De otro lado, la Mesa informa a la presidenta de la CE que en España estas acciones de detección del virus se han puesto en marcha a través de nuestros Servicios Regionales de Salud, y son llevadas a cabo por el personal cualificado y autorizado para ello en nuestro país, como son las enfermeras, enfermeros y médicos, así como en establecimientos y lugares habilitados con las mayores garantías de seguridad tanto para los profesionales sanitarios como para los ciudadanos.

Por ello, la Mesa incide en que las oficinas de farmacia, en España, no reúnen en absoluto las condiciones adecuadas de seguridad para garantizar la protección de los ciudadanos a los que se pudiera realizar este tipo de pruebas, así como del resto de clientes que acuden para adquirir un fármaco o cualquier otro producto de los que se encuentran a la venta en este tipo de establecimientos (geles, cremas, champús, dentífricos…).

Al respecto, la Mesa añade que, para hacer este tipo de test en condiciones de seguridad se necesita contar, por ejemplo, con la delimitación de circuitos seguros de tránsito de personas y personal cualificado para la realización e interpretación de los mismos, así como realizar una gestión optima de la eliminación de los residuos generados contaminados y propiciar el registro y traslado de los resultados a la historia clínica de cada ciudadano en la sanidad pública, entre otras cuestiones.

Apunta, además, que la intención de los farmacéuticos va en contra de la política de seguridad y protección de la salud de los ciudadanos que han implementado las autoridades sanitarias en nuestro país, al fomentar la atención telefónica y no presencial en Atención Primaria para evitar así las aglomeraciones y afluencia de personas en los centros de salud y, de esta forma, minimizar los riesgos de contagio y propagación de la enfermedad.

En definitiva, concluye la carta, “de llevarse a cabo estas pruebas en las oficinas de farmacia privadas estaríamos propiciando la aparición y propagación de nuevos posibles focos de contagio del COVID-19 entre la ciudadanía al incentivar el incremento sustancial de un número importante de personas en un mismo espacio que, no olvidemos, es cerrado y limitado en su estructura y capacidad y, por ello, con dificultades para su ventilación natural”.

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