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Cuadernos Manchegos
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El Gobierno de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería de Desarrollo Sostenible, ha creado la Comisión Regional para la Coordinación de la Prevención y Erradicación de las Prácticas Comerciales Desleales con la que pretende coordinar las actuaciones de los distintos órganos directivos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con competencias concurrentes en el ámbito de las prácticas comerciales desleales y también con la Administración General del Estado.

Así lo ha explicado tras la reunión de constitución el director general de Agenda 2030 y Consumo, Ramón Lara, indicando que dicha comisión, cómo órgano colegiado interdepartamental adscrito a la Consejería con competencias en materia de consumo, “tiene por objeto que los controles que se desarrollen resulten más eficientes en la medida que se aborden con un carácter integral, tanto en los distintos aspectos a controlar como en la fase de cadena de valor en la que se llevan a cabo, permitiendo una trazabilidad completa en el proceso, desde la producción o fabricación hasta su venta a las personas consumidoras y usuarias”.

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Como ha recordado, la Ley 3/2019 de 22 de marzo del Estatuto de las Personas Consumidoras de Castilla-La Mancha establece que éstas tendrán derecho a una protección frente a las prácticas comerciales consideradas desleales por agresivas, abusivas o engañosas, antes, durante y después de una transacción comercial. “Entre las prácticas comerciales desleales, la más habitual es la publicidad engañosa, es decir, que puede inducir a error al público destinatario o afectar su comportamiento económico”, como ha destacado Lara.

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Figuras de calidad diferenciada: DOP, IGP, ETG

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Por otra parte, en el ámbito alimentario, especial interés conllevan los alimentos propios de Castilla-La Mancha en el uso de las figuras de calidad diferenciada tales como Denominaciones de Origen Protegidas (DOP), Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) o Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG).

En este ámbito, resulta habitual que algunos operadores utilicen de modo inadecuado estas figuras, cuando no directamente de modo fraudulento o con ánimo de engañar a las personas consumidoras y usuarias. Del mismo modo, también existen prácticas que se pueden calificar de desleales en la comercialización de bienes y servicios fuera de los establecimientos mercantiles, en la venta a distancia o en el comercio electrónico.

Composición de la Comisión

La Comisión está presidida por la persona titular de la Consejería con competencias en materia de consumo y en su composición figuran las personas titulares de los órganos directivos con competencias en materia de consumo, de sanidad alimentaria, de calidad agroalimentaria en fases de producción y transformación, de defensa de la competencia y, además, cuenta también con representación de la Delegación del Gobierno de España en Castilla-La Mancha y de la Dirección General de Coordinación y Planificación de la Vicepresidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Entre las funciones que desempeñará la Comisión, además de las propias de coordinación de actuaciones y cooperación en la materia, se encuentran las relativas al análisis de la situación regional en materia de prevención y erradicación de las prácticas desleales y el fraude alimentario, la información al Gobierno regional de cuantas medidas se programen y lleven a cabo; y la intervención, con carácter preceptivo, en relación con proyectos de normas legales o reglamentarias autonómicas en las materias objeto del presente decreto.

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