.- El Diario Oficial de Castilla- La Mancha ha publicado recientemente la resolución de la Dirección General de Salud Pública, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para 2024 de concesión de subvenciones para programas de actividades en materia de consumo que se realicen por entidades locales.
El importe destinado a dicha convocatoria asciende a la cantidad total de 308.869,25 euros, lo que supone un incremento superior al doce por ciento respecto del año anterior, y que se distribuye en tres líneas de subvención.
La Línea 1 supone la gestión de programas y proyectos específicos desarrollados por Oficinas Municipales de Información a las personas Consumidoras (OMIC).
La Línea 2 está dirigida a la promoción de nuevos recursos locales de consumo (OMIC nuevas y recientes; centros de formación del consumidor; aulas de consumo y otros recursos educativos).
Por su parte la línea 3 se refiere al arbitraje de consumo, la gestión de los órganos arbitrales de consumo, la promoción y difusión, entre ellas campañas informativas y divulgativas y adhesiones previas de empresas, la tramitación y resolución de expedientes, como solicitudes de arbitraje, mediaciones previas y laudos emitidos.
A estas subvenciones podrán acceder como entidades beneficiarias en las líneas 1 y 2 los ayuntamientos, mancomunidades y diputaciones provinciales; y en la línea 3 aquellos ayuntamientos, mancomunidades y diputaciones provinciales que sean o hayan sido sede de un órgano arbitral de consumo unipersonal y colegiado a 1 de enero de 2011.
Los programas objeto de subvención en la línea 1 comprenderán actividades como la recepción, tramitación y resolución de demandas en materia de consumo, con peticiones de información, consultas, quejas, reclamaciones y denuncias. Asimismo, se incluyen actuaciones de inspección y control de calidad de productos, bienes y servicios, en materia de consumo en el ámbito territorial correspondiente, así como las actuaciones en materia de seguridad de los productos y la Red de alerta.
También, el fomento del consumo local y sostenible, los servicios de atención y asesoramiento específico en materia de consumo a personas con capacidades diferentes.
A su vez, servicios de asesoramiento en materia de prevención del sobreendeudamiento familiar en materia de consumo, como presupuestos familiares, créditos e hipotecas, que contribuyan al empoderamiento financiero de las personas consumidoras.
Los servicios de asesoramiento en materia de ahorro y eficiencia energética que contribuyan al empoderamiento energético de las personas consumidoras frente a la vulnerabilidad y pobreza energéticas y los servicios de asesoramiento en materia de comercio y contratación en línea que contribuya al empoderamiento digital de las personas consumidoras.
En cuanto a los programas objeto de subvención en la línea 2 comprenderán actividades, en el marco de las actuaciones para la apertura o reapertura de recursos públicos de consumo en el ámbito municipal o mancomunado de las entidades locales de Castilla-La Mancha. Como la apertura de oficinas de información a las personas consumidoras, así como su difusión e implementación de los servicios correspondientes. También, incluyen la gestión de centros de formación de personas consumidoras, aulas de consumo u otros recursos locales en materia de consumo.
A su vez, los programas objeto de subvención en la línea 3 comprenderán la actividad o actuaciones de los órganos arbitrales, la tramitación de Ofertas Públicas de Adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, las actuaciones de fomento del Sistema Arbitral de Consumo, la recepción de solicitudes de arbitraje en materia de consumo y la tramitación y resolución de expedientes de arbitraje en materia de consumo.