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El BOE publica hoy el nuevo convenio de las gasolineras: subida salarial, atrasos y 37 euros por trabajar un festivo

El convenio estatal fija para 2026 un salario base de 1.201,21 euros mensuales para expendedores-vendedores y obliga a abonar atrasos con efectos retroactivos.

El Boletín Oficial del Estado de este viernes 9 de octubre publica el nuevo Convenio Colectivo Estatal de Estaciones de Servicio, una norma laboral que afecta a trabajadores de gasolineras de todo el país y que incorpora nuevas tablas salariales, complementos y obligaciones para las empresas del sector. El convenio tiene vigencia desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027.

Para 2026 se establece un incremento inicial del 2% sobre las tablas de 2025, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026. El salario base mensual de un expendedor-vendedor, así como de determinados puestos equivalentes, queda fijado en 1.201,21 euros. Un encargado de turno tiene un salario base de 1.269,32 euros y un encargado general de 1.552,82 euros. Estas cantidades son salario base y no representan necesariamente el salario final, ya que deben añadirse los conceptos que correspondan en cada caso.

El convenio establece además 12 mensualidades ordinarias y tres pagas extraordinarias, correspondientes a marzo, verano y Navidad. El trabajo realizado en los catorce festivos establecidos en el calendario laboral genera desde el 1 de enero de 2026 un complemento de 37 euros por jornada, o la parte proporcional cuando se trabaje únicamente una parte del día.

Otro aspecto especialmente importante son los atrasos. El BOE establece que tendrán efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025 y deberán abonarse en la nómina del mes siguiente a la publicación del convenio. Empresa y representación de los trabajadores —o el trabajador cuando no exista representación— pueden pactar un aplazamiento, pero este no podrá superar tres meses desde la publicación.

La jornada máxima anual se sitúa en 1.752 horas y el convenio incorpora asimismo una cláusula de revisión salarial vinculada al IPC, con los límites establecidos en el propio texto.

Los trabajadores pueden comprobar sus tablas y condiciones directamente en el Convenio Colectivo Estatal de Estaciones de Servicio publicado hoy en el BOE.

Fuente oficial: Boletín Oficial del Estado.

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