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Ayudas de hasta 17.094 euros para contratar a una persona que cuide a hijos o familiares dependientes: el plazo acaba el 30 de octubre

La convocatoria de Castilla-La Mancha subvenciona la contratación domiciliaria de personas desempleadas para atender a menores de 14 años o familiares dependientes. La cuantía depende de la renta familiar y puede cubrir el equivalente al 100% del SMI anual establecido en la convocatoria.

Las familias de Castilla-La Mancha que hayan contratado a una persona desempleada para cuidar en el domicilio a sus hijos o a un familiar dependiente todavía deben prestar atención a una convocatoria que entra en su recta final. El plazo general de las ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral termina el 30 de octubre de 2026, aunque cada solicitud está sometida además a los plazos particulares establecidos en función de cuándo se formalizó el contrato.

La línea está dirigida a trabajadores por cuenta ajena y autónomos que contraten a una persona para atender a hijos menores de 14 años o a familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que se encuentren en situación de dependencia. Solicitante, menor o familiar dependiente deben residir en Castilla-La Mancha y la persona beneficiaria debe figurar como titular del hogar familiar a efectos de la cotización correspondiente.

La renta es una de las claves. La convocatoria exige una renta per cápita familiar inferior a 30.000 euros anuales. Cuando sea igual o inferior a 20.000 euros, la subvención puede alcanzar el equivalente al 100% del salario mínimo interprofesional anual utilizado en la convocatoria: 17.094 euros para un contrato a jornada completa de doce meses. Si la renta per cápita supera los 20.000 euros pero permanece por debajo de 30.000, la ayuda es del 75%, equivalente a 12.820,50 euros.

Las familias monoparentales situadas en ese segundo tramo cuentan con un porcentaje específico del 80%, que se traduce en 13.675,20 euros para el contrato de referencia. Cuando la duración o la jornada sean inferiores a doce meses y jornada completa, la cuantía se reduce proporcionalmente.

No basta, sin embargo, con contratar ahora a cualquier persona y solicitar después la ayuda. Las contrataciones subvencionables de esta convocatoria debían formalizarse entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, y la persona contratada tenía que estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en una oficina de la Red Emplea el día anterior a la contratación. También debe estar dada de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.

Existe además una regla importante sobre el plazo: la solicitud debe presentarse, con carácter general, dentro del mes siguiente a la formalización del contrato, sin superar en ningún caso el cierre general del 30 de octubre. La información oficial de las ayudas de conciliación reúne requisitos, cuantías y modelos para comprobar si una contratación concreta todavía puede acogerse a la convocatoria.

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