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El BOE confirma hoy la prórroga de las ayudas al gasóleo agrario y profesional hasta final de año

La convalidación publicada este 20 de octubre mantiene la ayuda al campo hasta el 31 de diciembre, con un máximo de 20 céntimos por litro, y prolonga también el apoyo al transporte profesional.

El BOE de este 20 de octubre publica la convalidación parlamentaria del Real Decreto-ley 25/2026, una decisión especialmente relevante para agricultores, ganaderos y determinados profesionales del transporte porque confirma la continuidad de varias medidas extraordinarias relacionadas con el coste de los combustibles. La novedad de hoy no es la creación inicial de estas ayudas —el real decreto-ley fue aprobado a finales de septiembre—, sino su convalidación por el Congreso y la publicación oficial de ese acuerdo.

En el sector agrario, la norma prolonga hasta el 31 de diciembre de 2026 la ayuda extraordinaria destinada a sufragar parte del precio del gasóleo consumido por los productores. Para el periodo comprendido entre el 1 de octubre y final de año, la cuantía se calcula sobre hasta el 70% de la diferencia entre el precio medio semanal del gasóleo agrario y el precio anterior al inicio del conflicto de Oriente Medio, con un límite máximo de 0,20 euros por litro.

La medida resulta especialmente significativa en territorios con fuerte peso agrícola como La Mancha, porque no establece una cantidad idéntica y automática de 20 céntimos para cada litro. Ese importe constituye el tope máximo: la ayuda efectiva dependerá de la fórmula prevista en el real decreto-ley y de la diferencia de precios que corresponda en cada periodo. El texto también prolonga hasta final de año el periodo elegible de las compensaciones destinadas a empresas armadoras de buques pesqueros por el incremento del combustible.

En el transporte por carretera se mantiene igualmente la ayuda extraordinaria para titulares de vehículos que cumplen los requisitos para la devolución del gasóleo profesional. Para los suministros efectuados durante octubre, la norma establece 5 céntimos por litro. El propio real decreto-ley contempla importes diferentes para noviembre y diciembre y mecanismos de ajuste vinculados a la evolución de la fiscalidad del combustible, por lo que no conviene dar por hecho un importe futuro sin comprobar previamente qué escenario termina aplicándose.

Quienes quieran conocer exactamente el alcance jurídico pueden consultar tanto el acuerdo de convalidación publicado hoy en el BOE como el texto consolidado del Real Decreto-ley 25/2026. Este segundo documento permite comprobar las condiciones de cada medida y distinguir las ayudas dirigidas al campo y al transporte profesional de las que afectan a otros sectores. BOE

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