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Si compartes un décimo de Lotería, así debes cobrar el premio para evitar problemas con Hacienda

Los primeros 40.000 euros están exentos en los premios sujetos al gravamen especial, pero cuando el décimo pertenece a varias personas esa cantidad se reparte proporcionalmente entre los participantes.

Compartir un décimo de Lotería entre familiares, amigos o compañeros de trabajo es una costumbre habitual. Si llega el premio, sin embargo, conviene tener claro cómo debe cobrarse y qué parte está exenta de impuestos.

La Agencia Tributaria establece que los premios incluidos en el gravamen especial están exentos hasta 40.000 euros por décimo, fracción, cupón o apuesta, siempre que se cumplan las condiciones previstas legalmente.

Cuando el premio supera esa cantidad, únicamente tributa la parte que excede los 40.000 euros, con un gravamen del 20%. SELAE confirma igualmente ese límite y ese porcentaje para sus premios sometidos al gravamen.

¿Y qué sucede si el décimo pertenece a varias personas?

Los 40.000 euros exentos no corresponden a cada participante. La Agencia Tributaria señala expresamente que, cuando el premio es de titularidad compartida, la cuantía exenta se distribuye entre los cotitulares de acuerdo con el porcentaje que corresponda a cada uno.

Hacienda también indica que, cuando una persona figura como beneficiaria o gestora del cobro y posteriormente reparte el dinero, debe estar en condiciones de acreditar quiénes eran los titulares y cuál era su porcentaje de participación.

Por eso es recomendable poder demostrar que el décimo estaba compartido antes del sorteo y quién participaba en él.

Conviene tener en cuenta, además, una diferencia importante: SELAE señala que actualmente las apuestas adquiridas a través de su web o aplicaciones oficiales quedan asociadas al usuario que realizó la apuesta y no permiten compartir el premio entre diferentes usuarios de la plataforma.

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